Fuente: Diario
Gestión- Tribuna Legal
(Publicación:
10.01.13)
LEY
DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD: ¿INCENTIVO AL EMPLEO O INCONVENIENTE?
Una
realidad. Según cifras del Instituto
Nacional de Estadísticas e Informática, cerca del 40% de la población
discapacitada carece de nivel educativo alguno y solo el 6% llega a tener
educación superior.
César Puntriano
Estudio Muñiz
<Mediante Ley Nº 29973
se ha aprobado un nuevo marco que regula los derechos de la persona con
discapacidad en desarrollo del mandato contemplado en el artículo 23º de la
Constitución.
La Ley tiene una
buena intención aunque su planteamiento es equivocado. La norma establece la
exigencia de que empresas con 51 trabajadores a más empleen discapacitados en
una proporción no inferior al 3% de su personal, obligación que será exigible
en la práctica desde el 25 de diciembre de 2014.
La gran pregunta es
si la población discapacitada está adecuadamente calificada como para ocupar
ese 3%. Creemos que la respuesta es negativa. En efecto, según cifras del
Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI), cerca del 40% de la
población discapacitada carece de nivel educativo alguno y, solo el 6% llega a
tener educación superior. Asimismo, un estudio del Ministerio de Salud (MINSA)
señala que el 52% de los discapacitados están desocupados y que del 48% que
laboran solo el 27% consigue hacerlo en forma dependiente (obreros).
Vemos que existe una
baja empleabilidad que puede ocasionar que las empresas se vean obligadas a
crear puestos innecesarios para cumplir con la Ley y evitar sanciones.
Inclusive, resulta absurdo, aunque usual, que el Estado sancione a empresas que
incumplan esta cuota cuando aquel no ha cumplido con el 3% previsto en la norma
anterior. La cuota de empleo debió mantenerse en el sector público,
cumpliéndose efectivamente, y generar incentivos reales a los privados para que
voluntariamente, y de acuerdo a sus condiciones, contraten personas con
discapacidad y no a través de una imposición como ha ocurrido con la Ley.>
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